Los colonos siguen llegando al sur de la cordillera para
crear nuevas poblaciones. La Carta Puebla del año 824, es un documento de gran
valor, es el primer fuero municipal de España, y la firman el Conde Munio Núñez
y su esposa Argilo.
Gracias a este documento se saben muchas cosas de aquellos
pioneros. Desde finales del siglo VIII, asturianos, cántabros y vascos, están
deslizándose a través de las montañas hacía las tierras altas de Castilla. Los
colonos persisten en sus objetivos, a pesar de la incesante amenaza musulmana.
En el este junto a Alava, llegan a los valles de Mena, Losa
y Tobalina, hasta La Bureba de Burgos; en el centro, al pie de Cántabria, toman
tierras en los valles donde nace el Ebro y hasta el norte de Palencia. Ya
sabemos como era el sistema: clanes de
campesinos libres llegan a un territorio, hacen presura, los escaliban y se
convierte en propietarios.
En algún momento, en el paisaje de las comunidades de las
aldeas empiezan a aparecer los condes con la misión de representar al Rey y
defender a los campesinos.
La del Conde es una vieja institución europea, tanto romana
como germánica, un hombre de confianza del Rey tanto para la guerra y para la
paz. Condes del Rey de Oviedo eran sin duda los guerreros que regentaban los
castillos de la frontera oriental del reino, donde nace Castilla.
Uno de estos Condes es Munio Núñez, que deja inscrito su
nombre en la historia por ser el primero que firma La Carta Puebla, es decir,
un documento que reconoce las propiedades y derechos de los campesinos.
Vamos a mirar un punto concreto del mapa: Brañosera, en el
limite entre Cantabria y Palencia, equidistante entre Reinosa y Aguilar de
Campoo. En el siglo I A.C. Estuvo asentada - eso dice el fuero - la ciudad
celtíbera de Vadinía, en el año 820, no hay nada solo brañas, es decir, altos
pastos de verano y osos. Brañas y osos: Brañosera. Hoy es un parque natural (
el de la montaña palentina).
No hay nada en esa zona hasta que empieza a aparecer los
colonos. Vienen de Cantabria, concretamente de Maldecoria, la actual
Mazcuernas, no lejos de Cabezón de la Sal.
¿Cuando empieza exactamente la repoblación? Tampoco se sabe
con exactitud,
aunque se puede suponer que los primeros colonos empezarían a llegar hacía el año 820, lo que si se sabe con seguridad, es que en el año 824~el conde del lugar, Munio Núñez, junto a su esposa Agilo, firman la Carta Puebla, que reconoce a los colonos sus propiedades.
aunque se puede suponer que los primeros colonos empezarían a llegar hacía el año 820, lo que si se sabe con seguridad, es que en el año 824~el conde del lugar, Munio Núñez, junto a su esposa Agilo, firman la Carta Puebla, que reconoce a los colonos sus propiedades.
Hay que destacar la importancia de estos documentos: no solo
nos esta diciendo quienes fueron los primeros colonos sino en que año, ademas
nos indican que eran hombres libres y esa cualidad va a ser decisiva para toda
la historia posterior.
¿Que quiere decir exactamente esa “libertad”? No poca cosa.
Los pobladores pueden administrar sus tierras libremente. Tienen derecho a
cobrar impuestos a quienes quieran pasar por ellas o utilizar sus pastos.
Quedan exonerados a pagar otros impuestos o prestar servicios privativos del
conde y ademas se reconoce todo eso a cualquier persona que acuda a ese
territorio con carácter general. ¿ Y el conde? El conde tiene sus tierras pero
no es propietario del territorio donde ejerce su jurisdición, sino que sólo es
delegado del poder del Rey. Por eso en Castilla no se desarrolla el feudalismo
como en Francia o en Inglaterra. Y así nace una sociedad libre.
La carta puebla:
"Sea en el nombre de Dios. Amén. Yo Munio Núñez y mi
esposa Argilo, que buscamos el Cielo y recibiendo la merced entre osos y
cacerías solemos fomentar poblados, hemos llevado para poblar, a vosotros
Valero, Félix, Zonio, Cristuévalo y Cervello y a todos vuestros descendientes y
os regalamos para poblarle, aquel lugar que se llama Braña Osaria, con sus
montes, sus ríos, sus fuentes, frutos y valles y os señalamos como límites, los
sitios conocidos por los nombres de Cotopedroso, aquella Casa de Campo,
aquellos Llanos, y aquella antigua ciudad y aquel pradum porquerum, Cobas Regis,
Penna Robra y aquel estrecho sendero por donde caminan los asturianos y otros
comarcanos, aquel Petrizo que está enclavado en el Valle Verzoso y aquel coto
mediano y os daremos yo el Conde Munio Núñez y mi mujer Argilo, a ti Valerio,
Félix, Zonio, Cristóbal y Cervelo los mismos límites a vosotros o aquellos que
vinieren a poblar la villa de Braña Osaria, y a todos los que lleguen de otras
villas con ganados u otros negocios, con el fin de pacer las hierbas entre los
límites dichos, que en esta escritura se leen los hombres vecinos de la Villa
de Braña Osaria, les cobren el monttático y de las cosas y ganados que hallaren
entre sus indicados límites, hagan (la mitad para el Conde) y la otra mitad
para los hombres de la Villa de Braña Osaria y todos los que llegaren a poblar
la Villa de Braña Osaria no den anubda ni guardias a los Castillos y solamente
paguen el tributo que estuviere a su alcance por infurción (3) al Conde que
estuviere en el Reino; y hemos poblado por debajo y junto a los arbustos del campo
de huesos de la iglesia de San Miguel Arcángel, y legamos tierras(de labor)
junto a la misma iglesia a derecha y a izquierda en sufragio de nuestra alma.
Yo Munio Núñez y mi mujer Argilo; si algún hombre después de
nuestra muerte contradijere al concejo de la villa de Braña Osaría por los
montes o límites o contenido que en esta escritura se señalan, de sus bienes
pagará antes de litigar, tres libras de oro al Conde que estuviere en el Reino
y esta escritura tenga firme ratificación.
Fue hecha esta escritura en el señalado día feria tercera de los idus de octubre, corriendo la era LXII y reinando el Príncipe Alfonso Rey y
siendo Conde Munio Núñez. (Jueves 13 o 15 de Octubre de 824)
Yo Munio Núñez y mi esposa Argilo hemos firmado en esta
escritura, el palafranero, con Armonium, Presbítero, Mónito, Ardegacamna,
Vicente y Tello, Ablaza, Valerio como testigos".
Atención a otro dato: El conde habla del “concejo de la
villa de Brañosera” que nos viene a decir que ademas del poder del propio
conde, en ese pueblo hay un consejo de vecinos con autonomía suficiente para
reconocer derechos de propiedad. Estamos en el siglo IX, en ningún lugar del
mundo había algo igual.
Esta Carta Puebla de Brañosera es un documento de valor
excepcional. Nos informa sobre los principios de la Reconquista. Nos describe
la vida de aquellas gentes y nos explica el origen conocido en España de la
organización municipal española.
Todos los condes de Castilla confirmarán los fueros de
Brañosera: Gonzalo Fernández, Fernán Gonzalez, Sancho García... En cuanto a
nuestro conde Munio, un descendiente suyo de igual nombre liderará como conde
de Castilla, un siglo mas tarde, la expansión hacía el Duero.
Por cierto, hoy, la principal calle del pueblo de Brañosera,
que todavía existe, es la Avenida del Conde Munio Núñez. No es para menos.
By @mgicafe